domingo, 21 de febrero de 2010

ENTIDADES DE CONTROL
FOGAFIN









DIEGO ANDRES SANTANA
JORGE WILLIAM GIRALDO









GRUPO 46 SENA
BANCO DE BOGOTA
BOGOTA
08 DE FEBRERO DE 2010
INTRODUCCION




FOGAFIN es una entidad de control que tiene su nacimiento debido a las dificultades que surgen en el sector financiero en el año 1982.

Tras estas dificultades el gobierno piensa en la necesidad de poner en marcha una iniciativa con un fondo que completase la función de la Superintendencia Bancaria y el Banco de la Republica.

Elaboramos este informe con el fin de enriquecer nuestros conocimientos y el de nuestros compañeros en cuanto al sector financiero, las entidades que lo regulan, los mecanismos utilizados para tal fin y el afán de aprendizaje en aras del constante mejoramiento profesional que exige el banco para el buen desempeño y permanente crecimiento al que se ve sometido, haciéndonos parte así del compromiso que adquirimos al hacer parte del Banco de Bogotá en el desarrollo de nuestro programa. .












Historia
Colombia vivió un auge económico hasta 1982, producto de las divisas que generaba la bonanza cafetera. A partir de entonces, se observó un estancamiento de la economía, varias entidades financieras entraron en procesos de franca iliquidez. Se devaluó el peso en más de 50 por ciento, y al haber grandes cantidades de créditos en dólares, los dueños de estos fueron a la quiebra. La Superintendencia Bancaria tomó posesión de varias entidades.
El Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (Fogafín) nació como consecuencia de esas dificultades por las que atravesó el sector financiero colombiano en 1982, las cuales minaron la confianza de los depositantes en el sector. Esta crisis fue enfrentada sin herramientas explícitas ni suficientes para atender los problemas surgidos. A raíz de ello, se creó la conciencia de que se necesitaba una entidad especializada en tener mecanismos y herramientas de intervención para enfrentar futuras crisis.
Hasta 1985 ninguna entidad estatal se preocupaba por garantizar esa confianza. La legislación colombiana sólo incluía dos instituciones en la tarea de proteger el sistema financiero: la Superintendencia Bancaria -hoy Superintendencia Financiera- y el Banco de la República. La tarea de la primera era velar porque las entidades financieras cumplieran con las leyes y reglamentos aplicables (supervisión), mientras que la del segundo era mantener la liquidez de los bancos. Ninguna de las dos, sin embargo, contaba con instrumentos para atender los problemas de solvencia de las instituciones financieras en problemas.
En consecuencia, el Gobierno vio la necesidad de poner en marcha un fondo que completara la labor de la Superintendencia Bancaria y del Banco de la República, pero que fortaleciera de manera especial la tarea de la primera. En el diseño final del Fondo propuesto -hoy Fogafín- participaron asesores técnicos del Banco Central y del Banco de España.
La creación de Fogafín tuvo como finalidad imprimir confianza a los ahorradores en el sistema financiero, para preservar el equilibrio y la equidad económica e impedir o corregir injustificados beneficios a los accionistas y administradores del sistema.
Desde su creación (Ley 117 de 1985), Fogafín se ha concentrado en tres frentes: las operaciones de apoyo a la banca, las privatizaciones y la vigilancia de los procesos de liquidación de entidades financieras, que incluye el pago del seguro de depósitos.
Una de las principales funciones de Fogafín, es proveer un seguro de depósitos el cual tiene como objetivo garantizar los ahorros y depósitos en las entidades financieras inscritas en el Fondo.
Desde su creación, también se le dio mandato para diseñar herramientas que permitieran participar en entidades viables que necesitaran apoyo y liquidar aquellas que ya no fueran viables. Además, se le encargó optimizar la gestión del portafolio de activos de las entidades intervenidas.
Fogafín fue creado para minimizar los costos de las crisis financieras del país. Sus actividades, dentro del diseño de agencia de seguros de depósito, son de mandato amplio. El diseño de seguros de depósito cumple con la mayoría de las mejores prácticas a nivel internacional. Las acciones alentadas por Fogafín durante la crisis reciente (finales de la década de los años 90) permitieron la estabilidad del sistema financiero y la continuidad de pagos en la economía a un bajo costo fiscal.

MISION
Construir confianza y proteger a los depositantes para contribuir a la estabilidad del Sistema Financiero Colombiano.
VISION
Ser garante efectivo y oportuno de los instrumentos de salvamento del Sistema Financiero Colombiano para enfrentar épocas de crisis.
ENFOQUE ESTRATEGICO AL 2014
Crear sistemas de alerta temprana de riesgos de entidades inscritas que permitan implementar operaciones de salvamento efectivas; y fortalecer el seguro de depósitos mediante su divulgación y pago oportuno.

PRINCIPIOS Y VALORES
Lealtad
Todos los funcionarios vinculados a Fogafín deben cumplir las leyes de la fidelidad y del honor y actuar con legalidad y verdad. En desarrollo de este deber los funcionarios están obligados a cumplir sus funciones en pro del beneficio de la protección de la confianza de los depositantes y acreedores de las instituciones financieras inscritas en el Fondo, de forma tal que el provecho que reporte su gestión revierta en forma integral a estos, sin perjuicio de la compensación por la gestión adelantada.

Transparencia
Los funcionarios de Fogafín deben mantener condiciones claras de las operaciones de tal manera que sea posible formarse una idea acerca del proceso en la toma de decisiones; así mismo se deben mantener informadas a las instancias de control correspondientes, a las entidades financieras y a los ahorradores.
Equidad
Fogafín debe establecer condiciones equitativas para el acceso a sus servicios y productos sin considerar beneficios personales o de terceros.

Diligencia
Fogafín debe mantener informados a los ahorradores, acreedores y entidades financieras sobre los servicios que brinda, y desempeñarse de manera eficiente y satisfactoria de tal manera que se cumplan los objetivos buscados sin apartarse de los mandatos legales y principios éticos.
Para tal efecto los funcionarios deben comprometerse a:
a) Actuar con rectitud, b) prestar los servicios sin esperar retribución alguna, c) informar a entidades financieras y a los ahorradores las características y condiciones de los servicios que se prestan y las posibilidades con que cuenta la institución para atenderlos.

Prudencia
Tanto el Fondo como sus empleados debe proteger la información que les ha sido dada a conocer por sus usuarios, sin que ello implique encubrimiento o colaboración con actos ilícitos.
Este principio contiene entre otras obligaciones, las de: a) No revelar información de la entidad a personas que no pertenecen a ella o que perteneciendo no tengan autorización para conocerla, b) No utilizar la información privilegiada a que han tenido acceso, en provecho propio o de terceras personas, c) No utilizar la información en perjuicio de terceros, d) Mantener el secreto bancario, e) Brindar la información que no es de carácter privilegiado en forma exacta y oportuna. f) Obrar con discreción, g) Suministrar la información que sea requerida por las entidades de vigilancia y control, de conformidad con los procedimientos establecidos.

Cumplimiento de la ley
Cada actividad realizada por el Fondo debe ceñirse estrictamente a los mandatos legales, en aras de proteger la confiabilidad y seguridad del sistema financiero.
Con el objeto de dar cumplimiento a este principio, el Fondo debe mantenerse actualizado y procurar la capacitación de sus funcionarios, adecuar sus operaciones a cada nueva regulación y responder por los actos ejecutados.

Fiscalización
Los subdirectores de cada área, el Auditor y la Secretaría General deben establecer mecanismos de control con el objeto de velar por el estricto cumplimiento de los deberes morales y legales que le corresponde cumplir al Fondo y a sus funcionarios.

ORGANIGRAMA



Funciones
Servir de instrumento para el fortalecimiento patrimonial de las instituciones inscritas.

Participar de forma transitoria en el capital de las instituciones inscritas.

Procurar que las instituciones inscritas tengan medios para otorgar liquidez a los activos financieros y a los bienes recibidos en pago.
Organizar y desarrollar el sistema de Seguro de Depósito y, como complemento, el de compra de obligaciones a cargo de las instituciones inscritas en liquidación, o el de financiamiento a los ahorradores de las mismas.
En los procesos de liquidación forzosa administrativa de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, le corresponde al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras:
Designar, remover discrecionalmente y dar posesión a quienes deban desempeñar las funciones de liquidador y contralor y fijar sus honorarios. Para el efecto podrá establecer sistemas de regulación e incentivos en función de la eficacia y duración de la gestión del liquidador.
Llevar a cabo el seguimiento de la actividad del liquidador en los términos previstos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
En los casos de toma de posesión, designar a los agentes especiales de instituciones financieras.

Directorio de Entidades
SECTOR HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
• Banco del Estado

• Contaduría General de la Nación

• Fiduciaria la Previsora S.A.

• Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas

• Gran banco S.A.

• Ministerio de Hacienda y Crédito Público

• Central de Inversiones S.A.

• Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

• Financiera de Desarrollo Territorial S.A.

• Fondo de Garantías de Instituciones Financieras

• La Previsora S.A. Compañía de Seguros

• Superintendencia de Economía Solidaria

• Unidad de Información y Análisis Financiero


























CONCLUSIONES



FOGAFIN promueve la confianza y protección a los clientes de las entidades financieras; con esto nuestros clientes depositan su confianza en los bancos y demás entidades dándole así mismo estabilidad al sector financiero.

Se caracteriza por ser un elemento que aunque emergente, es también un salvavidas para el sistema financiero Colombiano en el caso de una crisis.

Al actuar como agente liquidatario garantiza los deberes y derechos a los que hubiera lugar en aquellas entidades en dichos procesos.

Sirve como agente de observación en aquellas entidades inscritas al fondo para que ante una situación riesgosa FOGAFIN les informe de los inconvenientes a los que haya lugar; para que con esto la empresa pueda tomar medidas que impidan entrar en crisis.

Con la creación del seguro de depósito se le garantiza a los depositantes que en el caso especial en el cual su entidad de depósito y manejo de recursos se vea intervenida o en proceso liquidatario, dichos recursos no se verán afectados pues FOGAFIN debe asumir dichas obligaciones de cancelación y pago total, o por lo menos parcial, del dinero que el depositante posee en ese momento en la entidad intervenida.

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